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    Municipalidad de La Plata NUEVA INTEGRACIÓN DEL CUOT / MLP

    El Concejo Deliberante de la ciudad de La Plata en su Sesión Ordinaria del 23 de diciembre de 2020, sancionó la Ordenanza Nº 12029 (VER) -que modifica el Art. 340° del Código de Ordenamiento Urbano- estableciendo nuevas condiciones para la integración y funcionamiento del Consejo Único de Ordenamiento Territorial –CUOT-.

    El CUOT es el órgano de opinión y de participación sectorial, que tiene por misión primordial asesorar al Departamento Ejecutivo respecto de la actualización y mejoramiento del Código de Ordenamiento Urbano en lo referente a la elaboración, ejecución y seguimiento de los planes de desarrollo urbano, de las políticas de ordenamiento territorial y uso del suelo, como de las normas que los instrumenten, y eventualmente emitiendo opinión sobre tramites específicos relacionados con planes generales o sectoriales de ordenamiento territorial y urbanístico, programas y proyectos de urbanización, o intervenciones y emprendimientos urbanos de gran magnitud o impacto.

    A diferencia de su composición anterior -que establecía un estamento único y con limitadas representaciones formales-, la Ordenanza referida establece la creación de un Nivel Ejecutivo y un Nivel Asesor.

    El Nivel Ejecutivo estará compuesto por: cinco representantes del Concejo Deliberante, seis del Departamento Ejecutivo (Planeamiento, DOP, Patrimonio, Secretaría de Planeamiento Urbano, Unidad Ejecutora Agencia Ambiental y Subsecretaria de Tierras), uno del Colegio de Ingenieros Distrito V-, uno del Colegio de Arquitectos – Distrito 1-, uno del Consejo Profesional de Agrimensura, uno en representación del Colegio de Técnicos, con la novedad del agregado de uno en representación de la UNLP, uno  de la Universidad Católica de La Plata y uno en representación del Consejo Consultivo para el Desarrollo del Partido de La Plata (Ordenanza N°11 .897).

    EL CUOT también tendrá un Nivel Asesor, integrado por representantes de las diferentes expresiones académicas, universitarias, sociales, empresariales y culturales de la Región del Gran La Plata.

    A su vez, entre sus objetivos de actuación, la norma agrega la potestad de emitir opinión sobre los planes de gestión del riesgo de inundación, elaboración de protocolos y las medidas de prevención, así como en cuanto a las políticas en materia de energías renovables o proyectos que se presenten ante el Concejo Deliberante y el Consejo Consultivo local, que impliquen modificatorias en el Código de Planeamiento Urbano vigente.

    Con el arranque de las sesiones, se reglamentarán las particularidades de funcionamiento.

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