
Los afiliados a la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Bs. As. (CAAITBA), están contenidos desde 2006 en un régimen previsional mixto de REPARTO (Fondo de Recomposición Previsional solidario) y CAPITALIZACION (individual). http://www.caaitba.org.ar/index.php/capitalizacion/
Una vez completada la CMAO -Cuota Mínima Anual Obligatoria-, un porcentaje remanente de los aportes realizados durante el año se destina a un fondo fiduciario, administrado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires a través de un Comité de Inversiones -conformado por representantes de la Asamblea, la CaaitBA y el Banco-. El acumulado y rentas de estos fondos constituyen una CUENTA DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL, y pueden:
a) Formar parte de los haberes jubilatorios, incrementando el haber básico.
b) Ser retirados anticipadamente a acceder a la jubilación, en caso de cumplir una serie de requisitos establecidos.
Con el objetivo de aclarar las dudas que pudieran existir al respecto, desde el CAPBA CS se desarrolló un instructivo de condiciones, requisitos y documentación a presentar, para el caso que los profesionales decidieran el Retiro de los Fondos de capitalización y Seguro Ley 12490.